Trabajo

El Gobierno postergó hasta diciembre el fondo para pagar indemnizaciones laborales

El Fondo de Asistencia Laboral debía comenzar a funcionar el 1° de noviembre, pero el Gobierno trasladó su puesta en marcha al 1° de diciembre. Además, las empresas deberán aportar durante 12 meses antes de poder utilizar los recursos.

El Gobierno nacional decidió postergar un mes la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), uno de los mecanismos centrales creados por la reforma laboral para afrontar obligaciones derivadas de la finalización de relaciones laborales.

El sistema debía comenzar a funcionar el próximo 1° de noviembre, pero finalmente lo hará desde el 1° de diciembre de 2026.

La modificación fue oficializada mediante el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La medida introduce además un cambio significativo para las empresas: el período mínimo durante el cual deberán realizar aportes antes de poder utilizar los recursos del fondo se duplica de seis a 12 meses consecutivos.

Un año de aportes antes de usar el fondo

El denominado período de carencia comenzará a computarse desde el mes en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre efectivamente la primera contribución del empleador.

A partir de ese momento deberán completarse 12 períodos mensuales completos y consecutivos, con los correspondientes aportes, antes de que el fondo pueda atender las obligaciones previstas para esa empresa.

En términos prácticos, un empleador que efectúe su primera contribución en diciembre deberá atravesar un año de acumulación antes de poder recurrir a esos recursos.

Hasta que se complete ese período, las obligaciones frente a los trabajadores seguirán siendo responsabilidad directa del empleador.

Por qué el Gobierno decidió postergarlo

El Ejecutivo justificó el cambio por la complejidad operativa del nuevo sistema.

Según los fundamentos del decreto, todavía existen procedimientos, sistemas informáticos y herramientas administrativas que necesitan ser adaptados y probados antes de que el mecanismo pueda funcionar plenamente.

La intención oficial es utilizar el mes adicional para detectar errores, inconsistencias o demoras antes de que comiencen a ingresar masivamente las contribuciones.

El pedido de extensión fue realizado por entidades vinculadas al mercado de capitales a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV), entre ellas cámaras que representan a fondos comunes de inversión, fideicomisos y agentes bursátiles.

También solicitaron ampliar la carencia inicial para que los fondos puedan constituir una base patrimonial suficiente antes de comenzar a responder por obligaciones laborales.

Cómo funcionará el nuevo esquema

El sistema alcanzará a empleadores del sector privado, con las excepciones previstas por la Ley de Modernización Laboral.

Los FAL serán administrados a través de fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros, bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores.

ARCA tendrá a su cargo la recaudación y posterior transferencia de las contribuciones hacia las cuentas correspondientes a cada empleador.

Según la reglamentación difundida, los aportes mensuales serán equivalentes al 2,5% de las remuneraciones para las pymes y al 1% para el resto de las empresas privadas.

Al mismo tiempo, se prevé una reducción equivalente en determinadas contribuciones patronales al sistema de seguridad social. Esa modificación también quedará postergada hasta que comience efectivamente a funcionar el FAL.

Los recursos acumulados podrán ser invertidos en instrumentos financieros autorizados, como títulos públicos, depósitos bancarios y obligaciones negociables, con el objetivo de preservar su valor.

Es la segunda postergación

La fecha original contemplada por la Ley de Modernización Laboral era el 1° de junio de 2026.

La primera reglamentación ya había trasladado la puesta en marcha hasta noviembre. Ahora, el nuevo decreto agrega un mes más y fija el comienzo definitivo —si no existen nuevas modificaciones— para el 1° de diciembre.

Con el cambio, el Ejecutivo utiliza el margen de postergación contemplado originalmente por la propia ley.

La modificación más relevante, sin embargo, no está solamente en la fecha. La decisión de duplicar la carencia obliga a las empresas a constituir durante un año una base de recursos antes de poder utilizar el sistema.

El próximo desafío estará en la implementación: el Gobierno deberá conseguir que ARCA, la CNV, las administradoras de fondos y los empleadores tengan listos sus sistemas antes de diciembre para que un régimen que ya fue postergado dos veces pueda comenzar efectivamente a operar.

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