miércoles 14 de octubre de 2026

Justicia

Condenaron a un hombre de 90 años por abusar de su nieta y le dieron prisión domiciliaria

Un tribunal de la Primera Circunscripción lo declaró culpable de abuso sexual simple agravado por el vínculo y le impuso tres años y seis meses de prisión. Por su edad y estado de salud, la pena se cumplirá en su domicilio bajo controles judiciales.
Condenaron a un hombre de 90 años por abusar de su nieta
Condenaron a un hombre de 90 años por abusar de su nieta

Un Tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial condenó este jueves por la tarde a un hombre de 90 años por el delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo. La pena fue fijada en tres años y seis meses de prisión, que el condenado cumplirá bajo la modalidad de arresto domiciliario debido a su edad avanzada y a problemas de salud acreditados durante el debate.

El tribunal estuvo integrado por los jueces Ariel Parrillis, Daniela Estrada —quien participó de manera virtual desde Villa Mercedes— y Fernando De Viana. El veredicto se dio a conocer tras los alegatos finales de la Fiscalía y la defensa.

Durante su exposición, la Fiscalía de Juicio N° 2, a cargo del fiscal Fernando Rodríguez, sostuvo que los hechos quedaron probados a partir del testimonio de la víctima, las pericias psicológicas y la consistencia del relato a lo largo del tiempo. En ese marco, el fiscal encuadró la causa en los delitos llamados “intramuros”, aquellos que ocurren en ámbitos privados y sin testigos directos, lo que exige —según argumentó— una valoración probatoria acorde a esa realidad. Además, pidió que la sentencia se dictara con perspectiva de género y bajo un enfoque de protección integral de la niñez.

La defensa técnica, ejercida por el abogado Pedro Gianello, solicitó la absolución por entender que no se había acreditado el delito. De forma subsidiaria, planteó que, en caso de condena, la pena fuera de ejecución condicional o domiciliaria, al considerar determinantes la edad y el cuadro clínico del imputado.

En el debate se expuso que la víctima comenzó tratamiento psicológico por episodios de enuresis nocturna. Tras descartarse causas orgánicas, en el transcurso de las sesiones pudo relatar que, entre los 6 y los 10 años, cuando quedaba al cuidado de sus abuelos, el ahora condenado habría realizado tocamientos de carácter sexual en hechos que se repitieron con el tiempo.

La joven, actualmente mayor de edad, solicitó declarar en el juicio. La defensa se opuso al sostener que ya había brindado testimonio a través de Cámara Gesell. Sin embargo, el Tribunal habilitó su declaración y fundamentó la decisión en normas provinciales y nacionales, además de estándares internacionales, que reconocen el derecho de las víctimas a participar activamente del proceso, con las medidas de resguardo correspondientes.

La prisión domiciliaria será supervisada por el Instituto de Reinserción Social y el Servicio Penitenciario Provincial, bajo condiciones y controles fijados por la Justicia. En caso de incumplimiento, la modalidad podrá ser revocada y la pena deberá cumplirse en una unidad penitenciaria.

En causas por delitos contra la integridad sexual, rigen medidas de protección de identidad e intimidad de las víctimas. Por ese motivo, se omiten datos que puedan permitir su identificación, aun cuando hayan alcanzado la mayoría de edad al momento del juicio.