2026-09-18

Congreso

El proyecto por Malvinas abre una polémica por penas contra la desinformación

La iniciativa enviada por el Gobierno prevé hasta 12 años de prisión, y hasta 15 en casos agravados, por campañas coordinadas de desinformación financiadas o dirigidas desde el exterior. La oposición, constitucionalistas y entidades periodísticas cuestionan la amplitud de la redacción.

El proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional enviado por el Gobierno al Congreso abrió un nuevo frente de discusión que excede ampliamente la cuestión de las Islas Malvinas.

Uno de sus artículos propone incorporar al Código Penal un nuevo delito para sancionar determinadas operaciones de influencia extranjera sobre procesos electorales y la opinión pública, con penas que pueden llegar hasta los 15 años de prisión en los supuestos agravados.

La disposición quedó inmediatamente bajo la mirada de diputados opositores, constitucionalistas y organizaciones periodísticas, que cuestionan la falta de una definición precisa sobre qué deberá entenderse por “desinformación masiva” o por “manipular la opinión pública”.

Qué establece el proyecto

La controversia se concentra en el artículo 111, que propone incorporar el artículo 225 bis al Código Penal.

La pena prevista es de cinco a 12 años de prisión para quien actúe por cuenta, orden o con financiamiento total o parcial de un Estado, una organización o un agente extranjero y procure alterar un proceso electoral o manipular la opinión pública mediante una campaña coordinada de desinformación masiva.

La escala se elevaría a ocho a 15 años cuando esas conductas involucren amenazas, sobornos, coerción o utilización de estructuras criminales.

Este punto resulta central para entender el alcance de la iniciativa: el texto no penaliza cualquier información falsa o errónea, sino que incorpora como condición la participación, dirección o financiamiento de un actor extranjero.

El problema señalado por sus críticos aparece en la definición de la conducta.

La iniciativa no desarrolla una definición específica de qué constituye “desinformación masiva” ni establece parámetros detallados para determinar cuándo una comunicación puede considerarse destinada a “manipular la opinión pública”.

La explicación del Gobierno

El artículo forma parte de un capítulo denominado “fortalecimiento ante la influencia extranjera”, dentro de una reforma mucho más amplia que también incorpora modificaciones sobre inteligencia, financiamiento político, defensa, infraestructura crítica y seguridad nacional.

El Gobierno presentó el proyecto como una herramienta destinada a ampliar la capacidad del Estado para responder frente a amenazas externas.

Cuando anunció la iniciativa el 3 de septiembre, Javier Milei sostuvo que el objetivo era dotar al Estado de instrumentos económicos, diplomáticos, legales y de seguridad frente a actores estatales o no estatales que amenacen intereses estratégicos argentinos.

La Casa Rosada argumenta que las nuevas herramientas forman parte de una política integral de Seguridad Nacional que no se limita a una agresión militar tradicional, sino que incorpora amenazas económicas, cibernéticas, de inteligencia y de influencia extranjera.

La advertencia de FOPEA

El Foro de Periodismo Argentino fue una de las primeras organizaciones en expresar públicamente sus reparos.

FOPEA reconoció como legítimo el objetivo de proteger los procesos electorales contra operaciones de injerencia extranjera, pero sostuvo que la formulación propuesta para el nuevo delito presenta riesgos para el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión.

La organización considera que expresiones como “manipular la opinión pública” y “desinformación” no delimitan suficientemente la conducta que quedaría alcanzada penalmente y podrían dejar un margen amplio de interpretación a quienes apliquen la norma.

Por ese motivo, pidió al Congreso que el artículo sea revisado y que se incorpore una cláusula expresa que excluya de responsabilidad penal a opiniones, informaciones y críticas protegidas por la libertad de expresión.

ADEPA, en tanto, informó que se encuentra analizando el articulado y expresó inicialmente preocupación por los posibles efectos sobre la libertad de expresión.

Las críticas dentro del Congreso

Las objeciones también llegaron desde distintos sectores opositores.

El diputado de la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro cuestionó la amplitud de la figura y sostuvo que podría transformarse en una herramienta de persecución política si no se establecen límites claros.

Otros legisladores, entre ellos Pablo Juliano, también plantearon reparos sobre la posibilidad de que una figura penal de este tipo sea utilizada de manera extensiva frente a periodistas, dirigentes u organizaciones críticas del Gobierno.

Desde La Libertad Avanza, en cambio, relativizaron esos cuestionamientos y señalaron que el proyecto recién comienza su recorrido parlamentario y podrá ser discutido y eventualmente modificado durante el trabajo en comisiones.

Qué cuestionan los constitucionalistas

Especialistas consultados en las últimas horas plantearon principalmente un problema de precisión penal.

Andrés Gil Domínguez sostuvo que el tipo propuesto resulta demasiado abierto, mientras Diego Armesto advirtió que una interpretación amplia podría generar efectos inhibitorios sobre la expresión pública. Félix Lonigro también cuestionó la amplitud del concepto de desinformación.

La discusión jurídica se concentra, por lo tanto, menos en si el Estado puede perseguir operaciones clandestinas financiadas desde el exterior —objetivo que incluso FOPEA reconoce como legítimo— y más en cómo se define con precisión qué conducta constituye un delito.

El proyecto todavía no es ley y deberá atravesar el debate en la Cámara de Diputados y posteriormente en el Senado.

El Congreso tendrá ahora uno de los puntos más sensibles de la iniciativa frente a sí: determinar si mantiene la redacción propuesta por el Ejecutivo o incorpora límites y definiciones más estrictas para diferenciar una operación coordinada de influencia extranjera de la actividad periodística, la opinión política y el debate público protegidos constitucionalmente.

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