Legislatura
El Senado aprobó la ley que cobrará los gastos médicos a conductores alcoholizados
El Senado de San Luis aprobó por unanimidad la Ley de Recupero de Prestaciones de Salud, una norma que obliga a los conductores que provoquen accidentes de tránsito mientras manejen alcoholizados o bajo los efectos de estupefacientes a devolver al Estado el costo de la atención médica recibida en hospitales públicos.
La iniciativa ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados y busca fortalecer las políticas de seguridad vial, fomentar la conducción responsable y reducir el impacto económico que estos siniestros generan sobre el sistema sanitario provincial.
Durante el debate, el senador Diego García, del bloque Ahora San Luis, sostuvo que conducir un vehículo exige "atención, dominio, capacidad de reacción y plena aptitud psicofísica". En ese sentido, afirmó que quienes manejan después de consumir alcohol o drogas incumplen la ley y ponen en riesgo no solo su vida, sino también la de pasajeros, peatones y otros conductores.
La ley designa al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación y lo habilita a iniciar el recupero de los gastos ocasionados por la atención sanitaria. El cobro alcanzará tanto las prestaciones brindadas al conductor responsable como a las personas que hayan resultado lesionadas en el siniestro.
No obstante, el recupero solo podrá efectuarse cuando se acrediten tres condiciones: que exista un siniestro vial en los términos de la legislación provincial, que el conductor haya dado positivo en los controles de alcoholemia o toxicológicos y que la atención médica se haya realizado en un establecimiento público de salud. Además, la responsabilidad del conductor deberá quedar determinada conforme a los procedimientos legales vigentes.
La iniciativa fue presentada por los diputados por Pedernera Cristian Gurruchaga y Nicolás González Ferro, integrantes del bloque Acuerdo por el Interior Sanluiseño.
El mecanismo de recupero será el mismo previsto por la Ley III-1147-2024, utilizada actualmente para reclamar prestaciones a obras sociales y empresas de medicina prepaga. Comprenderá consultas, diagnósticos, internaciones, cirugías, medicamentos, traslados, insumos y cualquier otra prestación sanitaria vinculada con la atención del siniestro, cuyos valores se calcularán según el Nomenclador Provincial de Referencia.
La norma también establece el destino de los fondos recuperados. El 40% será destinado a incentivos por productividad para el personal de salud que intervino en la atención, el 30% se utilizará para mantenimiento y equipamiento hospitalario y el 30% restante financiará tratamientos de alta complejidad y otras áreas prioritarias del sistema sanitario.
Durante su exposición, García remarcó que el sistema público de salud se basa en la solidaridad, pero advirtió que ese principio no puede implicar la ausencia de responsabilidad. "El Estado seguirá atendiendo primero, asistiendo, interviniendo y salvando vidas. Pero cuando se determine que el siniestro fue ocasionado por quien decidió conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, esa persona deberá reintegrar los gastos que su conducta generó", concluyó.
Con la aprobación legislativa, San Luis incorpora una herramienta que busca desalentar la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, al tiempo que procura recuperar recursos públicos destinados a atender siniestros que, según la norma, pudieron haberse evitado.