Justicia
La Justicia ratificó a Santiago Ortiz al frente de la causa Molino Fénix
La Justicia volvió a rechazar un planteo de la defensa de Anabela Lucero y ratificó al juez Santiago Ortiz al frente de la causa que investiga presuntas irregularidades y desvíos de fondos públicos en el Complejo Molino Fénix y la Casa de la Música de Villa Mercedes.
El Tribunal N°3 del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción, integrado por María Bocca, Cintia Martín y Marcelo Bustamante Marone, desestimó la apelación presentada por el abogado Adriel Cabello y confirmó la resolución que Ortiz había dictado el pasado 30 de septiembre.
La defensa pretendía que el magistrado dejara de intervenir y que el expediente pasara al Juzgado de Garantía N°1, a cargo de Alfredo Cuello.
Ortiz ya había rechazado ese planteo en primera instancia al considerar que su juzgado intervino legítimamente desde el comienzo de la investigación.
El argumento de la defensa
Cabello sostuvo que los principales hechos investigados habrían ocurrido entre el 8 y el 10 de diciembre de 2023 y que, de acuerdo con el sistema de turnos vigente en ese momento, debía intervenir otro juzgado.
La defensa invocó la garantía constitucional del juez natural y argumentó que mantener a Ortiz en el expediente vulneraba el artículo 18 de la Constitución Nacional y las disposiciones del Código Procesal Penal provincial.
El Tribunal rechazó esa interpretación.
Los jueces señalaron que los distintos juzgados de Garantías de la Segunda Circunscripción fueron creados con la misma competencia material, territorial y funcional y que la asignación temporal de turnos funciona como un mecanismo administrativo para distribuir expedientes, pero no modifica esa competencia.
También remarcaron que la investigación no está limitada a los acontecimientos ocurridos en diciembre de 2023.
Un hecho de junio resultó clave
Entre los episodios incluidos en la denuncia aparece uno fechado el 15 de junio de 2023, cuando el juzgado encabezado por Ortiz se encontraba de turno.
Ese dato fue considerado relevante para sostener su intervención.
El Tribunal aplicó además las reglas de conexidad previstas por el Código Procesal Penal, debido a que el expediente reúne múltiples hechos presuntamente vinculados entre sí y con calificaciones de similar gravedad.
Según la resolución, cuando existen distintos episodios relacionados corresponde preservar la unidad de la investigación y tomar como referencia el primero de ellos.
“La existencia de un primer episodio fechado, correspondiente al mismo turno, refuerza la conclusión de que la intervención inicial del Juzgado de Garantía N°4 no aparece como una asignación arbitraria”, señalaron los magistrados.
También consideraron que la posterior precisión de las fechas de otros hechos no puede modificar retroactivamente la radicación de un expediente que fue recibido legítimamente.
La denuncia ingresó al sistema judicial el 22 de marzo de 2024, cuando Ortiz también estaba de turno.
No encontraron irregularidades en la asignación
Otro de los puntos analizados fue la posibilidad de que hubiera existido alguna alteración del mecanismo de turnos.
El Tribunal revisó el calendario oficial del Poder Judicial y concluyó que no se presentaron elementos que demostraran una manipulación de la asignación del expediente o una subrogación irregular.
Con esos fundamentos, confirmó que Santiago Ortiz es competente para continuar interviniendo en la investigación.
Lucero permanece actualmente detenida con prisión preventiva. El viernes pasado, Ortiz extendió esa medida por otros 90 días, decisión que también alcanza a Enzo Lucero y Exequiel Scarel.
La medida de coerción no implica una condena y la responsabilidad penal de los imputados deberá determinarse durante las siguientes etapas del proceso.
También rechazaron el planteo de Christian Becher
La misma integración del Colegio de Jueces resolvió otro recurso relacionado con el expediente.
En este caso, rechazó la presentación realizada por la defensa del empresario Christian Becher y dejó vigente la formulación de cargos por asociación ilícita y fraude a la administración pública, delitos que se le atribuyen en carácter de presunto partícipe necesario.
La hipótesis fiscal ubica a Becher dentro del circuito mediante el cual presuntamente se habrían retirado fondos públicos del Molino Fénix y de la Casa de la Música entre 2019 y 2023.
Su defensa cuestionó distintos elementos incorporados a la causa.
Entre otras cosas, planteó objeciones sobre seis empresas investigadas, discutió el valor de declaraciones testimoniales, puso en duda una planilla que contiene información sobre 429 cheques y sostuvo que informes de organismos de control no permitirían acreditar un perjuicio económico.
El Tribunal entendió que esos cuestionamientos corresponden al análisis de las pruebas y no a la validez de la formulación de cargos.
Los jueces remarcaron que esa instancia tiene como objetivo informar de manera clara los hechos y delitos atribuidos a una persona para que pueda ejercer su defensa, sin exigir todavía el nivel de certeza propio de una condena.
Ortiz seguirá al frente de la investigación
Las dos resoluciones despejan, al menos en esta instancia, dos discusiones que venían planteando las defensas.
Por un lado, Santiago Ortiz continuará como juez de Garantías de la causa Molino Fénix. Por otro, seguirá vigente la imputación formulada contra Becher mientras avanza la investigación.
El expediente continúa en etapa preparatoria y todavía quedan por delante medidas de prueba y eventuales discusiones sobre la acusación antes de que pueda definirse si el caso llegará a juicio oral.
La decisión del Tribunal no determina la culpabilidad de ninguno de los investigados. Sí establece que, hasta ahora, no encontró irregularidades que justifiquen apartar a Ortiz ni razones procesales para invalidar los cargos formulados contra Becher.