Seguros
El Gobierno fijó nuevos topes para los seguros por accidentes de tránsito
El Gobierno nacional actualizó los montos máximos que deberán cubrir las compañías de seguros por responsabilidad civil en accidentes de tránsito.
La medida comenzará a regir para todas las pólizas emitidas o renovadas a partir del 1° de enero de 2027 y establece límites diferenciados según el uso, la capacidad y la categoría de los vehículos.
La decisión fue dispuesta por la Superintendencia de Seguros de la Nación mediante la Resolución 480/2026, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Para los automóviles particulares, camionetas, motos, casas rodantes y vehículos de alquiler sin chofer, el límite único de cobertura por acontecimiento será de $270 millones.
En el caso de taxis, remises, camiones, acoplados, maquinarias agrícolas y vehículos destinados a servicios de urgencia, el tope ascenderá a $590 millones.
Ese mismo límite se aplicará a vehículos destinados al transporte de pasajeros de hasta ocho asientos y a servicios contratados mediante plataformas tecnológicas.
Para colectivos y ómnibus de mayor porte, comprendidos en las categorías M2 y M3, el máximo de cobertura llegará a $880 millones por acontecimiento.
La normativa establece además que estos montos deberán ser revisados anualmente durante octubre, con el objetivo de actualizar los límites de acuerdo con la evolución de los valores asegurados y del mercado.
También se modificaron los importes correspondientes a la denominada Obligación Legal Autónoma prevista en el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil.
En esos casos, se fijó un máximo de $1,2 millón por persona para gastos sanatoriales y de $700.000 por persona para gastos de sepelio.
La indemnización básica por muerte o incapacidad total y permanente quedó establecida en $27 millones por persona.
La resolución dispone además que los pagos vinculados con atención sanitaria o sepelio deberán ser efectuados por las aseguradoras dentro de un plazo máximo de cinco días desde la acreditación del derecho al reclamo.
La norma aclara que esas prestaciones no podrán ser rechazadas invocando inicialmente la falta de responsabilidad del asegurado en el siniestro.
El nuevo esquema también fija condiciones para las franquicias y los montos que permanecerán a cargo de los asegurados.
En el transporte público de pasajeros, el descubierto obligatorio será de $4,4 millones por acontecimiento.
Para taxis y remises, la participación obligatoria del asegurado en cada reclamo no podrá superar los $650.000, dato que deberá aparecer de manera destacada en la póliza.
Con estos cambios, el sistema de seguros automotores llegará a 2027 con límites de cobertura considerablemente más altos y con una diferenciación más clara según la actividad y el tipo de vehículo involucrado.