Justicia
Intento de homicidio a una jueza y polémica por la prisión domiciliaria en un campo
La causa por el violento ataque contra Dalia Rivero, jueza de Paz de Buena Esperanza, sumó este lunes un nuevo capítulo que reavivó el malestar en ámbitos judiciales y generó fuertes cuestionamientos internos: una de las imputadas, Melisa Bulacio, pasará la prisión preventiva bajo la modalidad de detención domiciliaria en un establecimiento rural del sur provincial, tras una resolución del juez de Garantías N°1 de Villa Mercedes, Alfredo Cuello.
El expediente se originó a partir de los hechos ocurridos el 3 de diciembre, cuando la magistrada fue atacada y sufrió lesiones que, según su entorno, obligan a controles médicos posteriores. Por el episodio, Bulacio y su hermana Érica quedaron imputadas por “homicidio en grado de tentativa” y “daños”, mientras la investigación avanzó con medidas y audiencias que derivaron en decisiones judiciales disímiles sobre la situación procesal de ambas.
El 12 de diciembre, el juez Cuello resolvió mantener a las imputadas en libertad, al considerar que no se reunía el estándar probatorio suficiente para justificar el encarcelamiento preventivo en esa instancia. La decisión fue apelada por los fiscales José Olguín y Marcelo Palacio, y por el querellante Germán Anabitarte, quienes llevaron el planteo al Tribunal de Impugnación.
El 29 de diciembre, un tribunal integrado por Hernán Herrera, María Monserrath Bocca y Marcelo Bustamante Marone revisó la medida. En ese fallo, ordenó para Melisa Bulacio la prisión preventiva por 60 días, al sostener que existían elementos suficientes para afirmar la existencia del delito investigado y su intervención. En cambio, mantuvo sin cambios la situación de Érica Bulacio, con la obligación de sostener una restricción de acercamiento respecto de Rivero.
Tras esa resolución, Melisa Bulacio fue trasladada al Servicio Penitenciario provincial, donde permaneció cerca de una semana. Sin embargo, este lunes el juez Cuello dictó una nueva decisión: mantuvo el plazo de la prisión preventiva fijado por el Tribunal, pero modificó el modo de cumplimiento y dispuso que la imputada la transite bajo prisión domiciliaria en un campo denominado “San Cristóbal”, ubicado a unos 80 kilómetros de Buena Esperanza, con conformidad del propietario para alojarla junto a su grupo familiar.
La medida estableció que el contacto con el exterior quedará sujeto a las condiciones que disponga el tribunal y a los controles de rigor. No obstante, desde la querella advirtieron que este tipo de disposiciones suelen tener dificultades de fiscalización efectiva, especialmente cuando se cumplen en zonas rurales alejadas. Anabitarte anticipó que presentó un recurso de revisión y que insistirá ante el Tribunal de Impugnación para que se revoque la modalidad domiciliaria.
En paralelo, el caso también arrastra un trasfondo que la víctima expuso públicamente: la jueza Rivero afirmó que venía sufriendo hostigamientos y amenazas previas, y que había solicitado medidas de resguardo con anterioridad. En el expediente, además, se incorporaron registros de publicaciones y mensajes que forman parte del análisis probatorio, y que fueron mencionados por las partes como elementos relevantes para evaluar riesgos procesales y la gravedad del hecho.
Mientras la investigación continúa, la discusión se trasladó al corazón del debate judicial: cómo se compatibiliza la protección de la víctima, la prevención de nuevos hechos y la proporcionalidad de las medidas cautelares, especialmente cuando se trata de una acusación de extrema gravedad. Con la restricción domiciliaria ya dictada y una revisión en camino, el expediente vuelve a quedar bajo la mirada de instancias superiores, en una causa que combina conmoción social, tensión institucional y decisiones de alto impacto.