2026-09-22

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA

El Indec aumentó las multas por no entregar información y pueden superar los $1,9 millones

La nueva escala de sanciones rige desde septiembre y establece multas de entre $19.397,92 y $1.924.720,29. Las penalidades alcanzan a quienes no entreguen información estadística en término, presenten datos falsos o incurran en una omisión maliciosa.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) actualizó los montos de las multas que pueden aplicarse a quienes incumplan con los pedidos de información estadística realizados en el marco del Sistema Estadístico Nacional.

La nueva escala quedó establecida mediante la Resolución 133/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y reemplazó los valores que estaban vigentes desde marzo.

A partir de la actualización, la multa mínima quedó fijada en $19.397,92, mientras que la sanción máxima puede alcanzar los $1.924.720,29. Además, se estableció en $39.454,30 el monto a partir del cual la multa resulta inapelable.

El ajuste llevó el piso de las sanciones desde los $16.639,92 que estaban vigentes hasta ahora a los nuevos $19.397,92.

Qué conductas pueden ser sancionadas

Las multas están contempladas en la Ley 17.622, que regula el funcionamiento del Sistema Estadístico Nacional y establece la obligación de proporcionar la información necesaria para la elaboración de estadísticas y censos oficiales.

La normativa prevé sanciones para quienes no entreguen la información solicitada dentro del plazo establecido, proporcionen datos falsos o incurran en una omisión maliciosa.

El régimen no está dirigido exclusivamente a empresas. También puede alcanzar a personas humanas y jurídicas, organismos y reparticiones nacionales, provinciales y municipales cuando sean requeridos para aportar información estadística.

En el caso de sociedades civiles o comerciales, la legislación también contempla responsabilidades para directores, administradores, gerentes o integrantes que hayan intervenido en la infracción.

Cómo se actualizan las multas

Los valores de las sanciones se reajustan de manera semestral, el 1° de enero y el 1° de julio, tomando como referencia la evolución del nivel general de los precios mayoristas.

Para determinar los nuevos importes, la Dirección Nacional de Estadísticas de Precios del Indec tomó la variación registrada entre enero y junio de 2026 por el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).

De esta manera, la actualización busca mantener el valor de las sanciones frente a la evolución de los precios y evitar que los montos queden desactualizados.

La nueva escala establece así las penalidades que podrán aplicarse ante incumplimientos relacionados con el suministro de información estadística oficial, una obligación que alcanza a los distintos actores incluidos dentro del Sistema Estadístico Nacional.

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