sábado 12 de septiembre de 2026

Salud

La muerte digna está permitida en Argentina, pero la eutanasia sigue prohibida por ley

El caso de Noelia Castillo en España y la legalización de la eutanasia en Uruguay reabrieron una discusión sensible en la Argentina. Aquí no está permitida la eutanasia, pero sí rige desde 2012 la llamada Ley de Muerte Digna, que habilita rechazar tratamientos desproporcionados o soporte vital.
Qué es la “muerte digna”, un tipo de “eutanasia pasiva” que está permitida en Argentina
Qué es la “muerte digna”, un tipo de “eutanasia pasiva” que está permitida en Argentina

La historia de Noelia Castillo Ramos, la joven española de 25 años que murió por eutanasia tras una larga batalla judicial, volvió a instalar una pregunta incómoda y recurrente en la Argentina: qué se puede hacer legalmente frente al sufrimiento irreversible y qué diferencia existe entre muerte digna y eutanasia. La respuesta jurídica es clara: en el país la eutanasia no está legalizada, pero sí existe un marco normativo que reconoce el derecho de los pacientes a rechazar tratamientos que solo prolonguen artificialmente la vida.

Ese marco es la Ley 26.742, sancionada en 2012, que modificó la Ley 26.529 de Derechos del Paciente. La norma permite que una persona con enfermedad irreversible, incurable o en estadio terminal rechace procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación o reanimación artificial cuando sean extraordinarios, desproporcionados o impliquen un sufrimiento desmesurado. También habilita retirar medidas de soporte vital en esas circunstancias.

En otras palabras, la ley argentina reconoce lo que socialmente suele llamarse “muerte digna”, aunque técnicamente no se trata de eutanasia. La diferencia central es que en la muerte digna el sistema de salud deja de imponer o sostener tratamientos invasivos que prolongan el proceso de morir, mientras que en la eutanasia existe una intervención deliberada para causar la muerte a pedido del paciente.

Por eso, la idea de “eutanasia pasiva” suele aparecer en el debate público, pero jurídicamente puede resultar imprecisa. En la legislación argentina no se autoriza que un médico administre una sustancia letal ni que prescriba un fármaco para provocar la muerte, que es justamente lo que caracteriza a la eutanasia o al suicidio asistido en los países donde esas prácticas están reguladas.

El contraste con otros países ayuda a entender mejor la diferencia. En España, donde Noelia Castillo accedió a la eutanasia, existe una ley específica desde 2021 que regula la prestación de ayuda para morir bajo controles médicos, comisiones evaluadoras y revisión judicial. En Uruguay, además, la eutanasia fue legalizada en 2025, convirtiéndose en el primer país de América Latina en dar ese paso.

En la Argentina, en cambio, el derecho vigente apunta a proteger la autonomía del paciente en el final de la vida sin habilitar una acción médica destinada a causar la muerte. La ley contempla además que, si la persona no puede expresar su voluntad, esa decisión pueda canalizarse a través de representantes legales o directivas anticipadas, siempre dentro de los límites que fija el régimen de derechos del paciente.

El caso Noelia volvió a empujar el debate porque expuso el peso del sufrimiento físico y psíquico, el rol de la familia y la tensión entre autonomía y convicciones morales. Pero también dejó en evidencia que en la Argentina la discusión todavía corre por otro carril: hoy está permitido dejar de prolongar artificialmente una vida sin expectativa de recuperación, pero sigue prohibido provocar activamente la muerte, aun cuando exista un pedido expreso del paciente.

Así, cuando se habla de muerte digna en el país, no se está hablando de eutanasia en sentido legal estricto. Se está hablando del derecho a no ser sometido a tratamientos inútiles o desproporcionados, del respeto a la voluntad del paciente y de una decisión médica orientada a aliviar y acompañar, no a provocar la muerte. Ese es hoy el límite que fija la ley argentina.