viernes 9 de octubre de 2026

Justicia

Condenaron a un conductor por la muerte de su acompañante en la Santos Ortiz

La Justicia sentenció a Alan Gastón Sarmiento a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación por cinco años por el choque ocurrido en abril de 2017 frente a la estación Bella Vista. La causa se resolvió en un juicio abreviado por homicidio culposo.
Condenaron a un conductor por la muerte de su acompañante
Condenaron a un conductor por la muerte de su acompañante

La Justicia de San Luis condenó a Alan Gastón Sarmiento por la muerte de Alexis Núñez, quien viajaba como acompañante cuando el auto en el que se trasladaban protagonizó un violento choque en la avenida José Santos Ortiz. La sentencia fijó una pena de tres años de prisión en suspenso y la inhabilitación para conducir vehículos por el término de cinco años.

El caso se resolvió mediante un juicio abreviado, modalidad que reemplazó al debate oral inicialmente previsto por la Oficina Judicial del Colegio de Jueces, tras un acuerdo entre las partes. La audiencia se realizó ante el juez unipersonal Fernando Julio De Viana.

En el trámite intervinieron la fiscal de Juicio N.º 1, Virginia Palacios; el defensor Esteban Sala; y los representantes de la querella, Ana Edith Gatica y Héctor Osmar Núñez, según informó prensa del Poder Judicial.

El hecho investigado ocurrió el 8 de abril de 2017 sobre la avenida José Santos Ortiz, en cercanías de la estación de servicio Bella Vista, en sentido Este–Oeste. De acuerdo con la acusación fiscal, el tramo contaba con señalización que establecía una velocidad máxima de 60 kilómetros por hora. Sin embargo, un informe técnico de la División Delitos Complejos determinó que el Peugeot 308 conducido por Sarmiento circulaba a una velocidad estimada de entre 90 y 100 km/h.

Según la reconstrucción del caso, al intentar frenar, el automóvil impactó en la parte media de un camión Iveco. Como consecuencia de esa maniobra, murió Alexis Núñez.

Con el acuerdo homologado, el juez declaró a Sarmiento autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo y dictó la pena en suspenso, además de la prohibición de conducir por cinco años. La resolución ponderó que el imputado no registraba antecedentes penales y que, más allá de la imprudencia acreditada en la conducción, no se verificaron agravantes adicionales.

El fallo vuelve a poner el foco en un patrón que se repite en rutas y avenidas de alto tránsito: el exceso de velocidad como factor determinante en siniestros viales con consecuencias irreparables. En términos institucionales, la condena busca fijar un mensaje claro sobre la responsabilidad al volante y la sanción penal cuando la imprudencia termina en muerte.