sábado 26 de septiembre de 2026

Justicia

La Cámara anuló los honorarios millonarios contra la Provincia

El Tribunal hizo lugar a la apelación del Gobierno y dejó sin efecto la regulación de más de $1.198 millones fijada por la jueza Cynthia Fernández Paz. El caso derivó además en un pedido de juicio político contra la magistrada.
Un Tribunal hizo lugar a la apelación del Gobierno
Un Tribunal hizo lugar a la apelación del Gobierno

La Cámara Civil N°1 hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno de San Luis y dejó sin efecto la polémica regulación de honorarios dictada por la jueza en lo Civil, Comercial y Ambiental N°5, Cynthia Fernández Paz, en una causa vinculada al Parque Vulpiani.

La magistrada había fijado un pago de $1.198.961.208 para los abogados Gustavo Quiroga e Ivana Muzevich, quienes representaron a los ambientalistas que impulsaron el juicio colectivo contra el proyecto de obras en ese predio de Juana Koslay durante la gestión anterior.

La resolución fue firmada por los camaristas Javier Solano Ayala y Mariela Cadelago Filippi, quienes revocaron íntegramente el fallo del 2 de marzo y ordenaron que el expediente vuelva al juzgado de origen para que se practique una nueva regulación conforme a las pautas establecidas por la Cámara.

La controversia se originó en el proceso colectivo iniciado por la Asamblea Ciudadana por el Parque Vulpiani de Juana Koslay. Aunque el juicio principal aún no tiene sentencia definitiva, Quiroga y Muzevich renunciaron a la representación de los ambientalistas y solicitaron la regulación de sus honorarios.

Fernández Paz consideró que se trataba de un proceso sin monto determinado, pero luego fijó como valor del juicio 93 mil JUS, lo que equivalía a $3.996.537.360. Sobre esa base, entendió que a los abogados les correspondía el 20% de ese monto.

La Fiscalía de Estado apeló la decisión y sostuvo que existía una contradicción manifiesta en la resolución. Según el planteo oficial, la jueza reconocía que el expediente carecía de monto económico determinado, pero luego le asignaba un valor equivalente al doble del costo de la obra proyectada.

Los jueces de Cámara coincidieron con esos argumentos. En el fallo señalaron que los valores fijados eran exorbitantes e irrazonables, y cuestionaron que el monto asignado al proceso careciera de sustento legal.

Los camaristas consideraron que la resolución configuró un supuesto de arbitrariedad, porque no constituía una derivación razonada del derecho vigente. También remarcaron que el expediente principal todavía no tiene una definición sobre el fondo del conflicto ambiental.

En ese sentido, la Cámara sostuvo que la regulación debía ajustarse al artículo 53 de la Ley de Honorarios, que establece que cuando un abogado cesa en su actuación antes del final del proceso corresponde fijar una retribución mínima y provisoria, susceptible de reajuste una vez que exista sentencia definitiva.

Para el Tribunal, al no haber aún una parte vencedora ni una sentencia firme, no correspondía aplicar porcentajes propios de una condena definitiva. Ese fue uno de los puntos centrales para revocar la decisión de primera instancia.

La Cámara también objetó que Fernández Paz hubiera utilizado los máximos porcentajes previstos para la parte ganadora sin que el juicio principal estuviera resuelto. La Fiscalía había advertido que, de mantenerse ese criterio, el total de honorarios del proceso podía superar los $2.100 millones.

Finalmente, Solano Ayala y Cadelago Filippi resolvieron revocar íntegramente el auto interlocutorio y ordenar que las actuaciones regresen al juzgado de origen para una nueva regulación. Además, impusieron las costas a la parte vencida.

De esta manera, quedó sin efecto la regulación multimillonaria que había generado una fuerte reacción institucional del Gobierno provincial.

El caso también derivó en un pedido de apertura de juicio político contra Fernández Paz. El gobernador Claudio Poggi instruyó avanzar con la denuncia y el pedido de remoción de la magistrada, al considerar que la resolución había sido “estrafalaria, desmedida y grotesca”.

Luego, Fiscalía de Estado presentó formalmente la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento y solicitó la suspensión preventiva de la titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°5 mientras se sustancia el proceso.

La presentación le atribuye las causales de desconocimiento inexcusable y grave del derecho, incumplimiento de los deberes inherentes al cargo y graves irregularidades en el procedimiento.

Para el Gobierno, la jueza se apartó de la legislación vigente, contradijo resoluciones anteriores y reguló honorarios como si existiera una parte vencedora, pese a que el juicio principal todavía no tiene sentencia.

La denuncia también advierte sobre la gravedad institucional y económica de la decisión. Fiscalía de Estado remarcó que existen 37 causas en las que el Estado provincial es parte y que tramitan en el mismo juzgado, por lo que pidió evaluar antecedentes de otras actuaciones atribuidas a la magistrada.

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