lunes 14 de septiembre de 2026

Mascotas

La ley española prohíbe dejar perros y gatos habitualmente en balcones y patios

La normativa impide mantener a las mascotas de manera habitual en terrazas, azoteas, sótanos y otros espacios similares. Las infracciones graves pueden recibir multas de hasta 50.000 euros.
Entra en vigencia la ley que prohíbe mantener perros y gatos de forma habitual en balcones, sótanos, terrazas y patios
Entra en vigencia la ley que prohíbe mantener perros y gatos de forma habitual en balcones, sótanos, terrazas y patios

La legislación española prohíbe mantener habitualmente a perros y gatos en balcones, terrazas, azoteas, patios, trasteros, sótanos y vehículos, cuando esos lugares se convierten en el espacio permanente de vida del animal.

La medida forma parte de la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales. A diferencia de algunas publicaciones difundidas recientemente, la norma no entra en vigencia ahora: fue publicada en marzo de 2023 y comenzó a regir seis meses después, el 29 de septiembre de ese año.

El texto no impide que una mascota permanezca ocasionalmente en un patio o balcón. La prohibición apunta a quienes utilizan esos espacios de manera habitual para aislar o alojar permanentemente al animal, sin integrarlo a las áreas habitables de la vivienda.

La ley también incluye a los vehículos dentro de los lugares en los que perros y gatos no pueden ser mantenidos de forma permanente. El objetivo es evitar situaciones que puedan afectar su seguridad, su salud o sus condiciones básicas de bienestar.

La permanencia permanente de perros o gatos en balcones, terrazas, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos está expresamente incluida entre las infracciones graves. Para estos casos, el régimen sancionador establece multas de entre 10.001 y 50.000 euros.

Las sanciones pueden alcanzar entre 50.001 y 200.000 euros cuando el incumplimiento causa la muerte del animal o encuadra dentro de las conductas consideradas muy graves, siempre que el hecho no constituya además un delito penal.

La legislación española también fija límites para el tiempo que las mascotas pueden permanecer sin supervisión. Ningún animal de compañía puede quedar solo durante más de tres días consecutivos y, en el caso de los perros, el plazo máximo se reduce a 24 horas.

La aplicación de las sanciones corresponde a las autoridades autonómicas y municipales competentes, que deberán analizar las circunstancias de cada caso, el daño provocado, la negligencia y la persistencia de la conducta.

La norma busca reforzar la tenencia responsable y dejar atrás prácticas que convierten balcones, patios o sótanos en lugares de confinamiento permanente. El punto central no es la utilización ocasional de esos espacios, sino garantizar que los animales reciban atención, protección y condiciones de vida adecuadas.

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